comentaris: d’octubre 2012
Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU)
art. 6.2, párrafo 3:
Los poderes públicos y las universidades a través de sus estatutos, establecerán mecanismos para que en los procesos de acogida de los diferentes miembros de la comunidad universitaria se favorezca el conocimiento suficiente de las lenguas cooficiales.