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dilluns, 7 de maig del 2012

El pleno empleo en la Constitución Española de 1978 (I)


Constitución Española, Artículo 40

1. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.
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